Entendiendo a la agencia
 

Por Vendedores

Entendiendo a la agencia

Es importante comprender qué responsabilidades legales tiene su agente de ventas inmobiliario con usted y con las otras partes involucradas en la transacción. Pregunte a su agente de ventas que le explique qué tipo de relación tiene usted con él y con la empresa inmobiliaria para la que trabaja.

1. Representante del vendedor (conocido también como agente que consiguió la propiedad o agente del propietario-vendedor). Se contrata a un agente de ventas y representa al vendedor. Todas las obligaciones del fiduciario le corresponden al vendedor. La relación con la agencia se crea al momento de firmar el contrato para enlistar la propiedad.

2. Subagente. El subagente tiene las mismas obligaciones fiduciarias hacia el agente principal como éste las tiene. La sub-agencia suele surgir cuando un agente de ventas de otra agencia inmobiliaria y que no representa al comprador como agente del comprador ni opera con una relación independiente, muestra la propiedad al comprador. En tal caso el subagente trabaja con el comprador como un cliente pero mantiene sus obligaciones fiduciarias con el agente que tiene la propiedad y con el vendedor. A pesar de que un subagente no puede asesorar al comprador de ninguna manera, eso desmerecerá al vendedor, ya que el cliente - comprador espera ser tratado con honestidad por el subagente. Es importante que los subagentes expliquen claramente sus funciones a los compradores.

3. Representante del comprador (también conocido como agente del comprador). Un agente inmobiliario con licencia que es contratado por prospectos compradores para representarlos en una transacción inmobiliaria. El representante del comprador trabaja a favor de intereses del comprador a lo largo de la negociación y tiene obligaciones fiduciarias al comprador. El comprador puede pagar directamente al profesional inmobiliario con licencia de acuerdo a un honorario negociado, o bien el representante del comprador puede cobrar al vendedor la comisión compartida con el agente que enlistó la propiedad.

4. Agente dual autorizado. Agencia doble es aquella relación en la que la empresa inmobiliaria representa tanto al vendedor como al comprador en la misma operación inmobiliaria. Las relaciones de la agencia dual no conllevan todas las obligaciones fiduciarias tradicionales. Entonces el agente dual tiene deberes fiduciarios limitados. Por el potencial para crear conflictos de intereses en una relación dual, es vital que todas las partes involucradas otorguen su consentimiento. En muchos estados, este consentimiento debe estar por escrito. El aviso de que existe agencia doble, en la que el comprador y vendedor están representados por una sola firma, es legal en la mayoría de los estados.

5. Agente designado ( también se le conoce entre otros como agencia designada ). Es una práctica que permite a la gerencia de una empresa inmobiliaria, designar a un agente con licencia actuará como agente del vendedor y que otro como agente del comprador. La agencia designada evita el problema en la relación de una agencia dual. Los agentes designados otorgan a sus clientes total representación con todas las obligaciones fiduciarias del que atiende. El broker sigue teniendo la responsabilidad de supervisar a ambos.

6. Relación sin agencia ( llamada entre otras cosas, un facilitador o intermediario en transacciones ). Algunos estados permiten que un agente con licencia tener un tipo de relación de no agencia con algún consumidor. Estas relaciones varían considerablemente de estado a estado ambas sobre las obligaciones hacia el consumidor y del nombre para describirlos. Generalmente, las obligaciones hacia el consumidor en este tipo de relación son menores a las obligaciones fiduciarias tradicionales de una relación con agencia.

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