Como se ha dicho antes, lo único que cuenta en un contrato de inmuebles es lo que está escrito. El contrato es un camino con letreros que hay que seguir para poder llegar a nuestro destino final. Cada letrero es una cláusula en el contrato. Aquí hablaremos un poco de estas cláusulas que hacen el camino más seguro para todos.
El contrato indica el nombre del comprador y vendedor así como la descripción legal de la propiedad. Esta descripción no es el domicilio. Es la “dirección legal” que se usa para identificar la propiedad en el registro público e incluye la dirección postal así como el número y nombre oficial que aparecen en el registro público.
Se habla de todo lo que incluye la propiedad. Aquí es importante identificar todo lo que usted quiere que se quede que se podría llevar el vendedor. En general, todo lo que está atornillado, clavado o afianzado a la casa debe de quedarse pero para evitar malentendidos es bueno especificar ciertas cosas en particular en donde puede haber duda, como lámparas, cortinas o aparatos electrodomésticos como lavadoras y secadoras.
En el contrato se especifica el precio acordado por la propiedad, el tipo de financiamiento que el comprador va a buscar, y la cantidad del depósito de buena fe. Recuerde que nunca es bueno dar ese depósito en efectivo y siempre pida un recibo.
Después se especifica quién va a pagar por la póliza de seguro sobre la escritura. Hablaremos de esto en el siguiente artículo. Esta póliza cubre solamente a las escrituras y no tiene nada que ver con el seguro que protege la casa. También se habla del mapa que se tiene que hacer de la propiedad, oficialmente conocido como estado de mediciones (“Survey”).
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El vendedor tiene un número límite de días para entregarle al comprador lo que se llama “Seller’s Disclosure”, la declaración del vendedor. El vendedor tiene la responsabilidad de informarle al comprador todo lo que sabe de la propiedad, bueno o malo. Este documento es muy importante antes de decidir si gastar dinero en una inspección oficial. Si aparecen cosas en el “Seller’s Disclosure” que no sean de su parecer, tal vez sea mejor anular el contrato.
Luego indica el contrato el día de cierre. Esta es la fecha cuando se cumple la promesa de transferir la propiedad del vendedor al comprador. Junto con esto se establece la fecha en la que el comprador va a tomar posesión de la casa. No siempre es la misma fecha pues tal vez el comprador o vendedor necesiten tiempo para la mudanza.
El contrato tiene una serie de cláusulas en donde se habla de lo que pasa si la propiedad es dañada antes del día de cierre y las consecuencias si el comprador o vendedor se echan para atrás. También se acuerda que si hay un conflicto lo primero que van a tratar de hacer ambas partes es obtener mediación en lugar de ir a buscar a sus abogados.
Hay un número de puntos adicionales en el resto del contrato que su agente puede explicar con más detalle, principalmente indicando asuntos administrativos como direcciones y teléfonos de ambas partes, las formas incluidas en el contrato, y otras cosas.
No firme nada sin estar totalmente satisfecho con las condiciones del contrato. Recuerde la frase, “¡No firme sino hasta estar firme!”
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